Guayaquil, Ecuador 25 de Noviembre de 2025

Producto: Tarjeta de Débito Atlántida
Fecha de vigencia: 25 de noviembre de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
BANCO ATLÁNTIDA S.A. (el "BANCO"), en el contexto de la realización de la campaña promocional denominada "BLACK FRIDAY, CYBER MONDAY y NAVIDAD" (en adelante, la "CAMPAÑA"), emite el presente reglamento que contiene los términos y condiciones aplicables a la CAMPAÑA (en adelante, "TÉRMINOS Y CONDICIONES"), según los artículos que se detallan a continuación en este documento.
Los términos definidos en los TÉRMINOS Y CONDICIONES podrán ser utilizados indistintamente en singular o plural, masculino o femenino, según el contexto en que se empleen, sin que ello afecte su validez, alcance o interpretación.
Artículo 1.- DESCRIPCIÓN Y GENERALIDADES DE LA CAMPAÑA.
1.1. La CAMPAÑA es organizada por el BANCO y está regida por las condiciones descritas en los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, las mismas que serán de obligatorio cumplimiento para todos los participantes de la CAMPAÑA.
1.2. La presente CAMPAÑA está comprendida por sorteo único, asociado a la participación en la misma.
1.3. Podrán participar en el sorteo las personas naturales (en adelante, los "PARTICIPANTES") que realicen consumos con su tarjeta de débito MasterCard Banco Atlántida (en adelante, la “TARJETA”), de acuerdo con los lineamientos y condiciones que se describen más adelante.
1.4. La CAMPAÑA tendrá una vigencia de treinta y siete (37) días en total, contados a partir del 25 de noviembre de 2025 al 31 de diciembre de 2025 y realizándose el sorteo el día 16 de enero de 2025.
Artículo 2.- DE LOS PARTICIPANTES.
2.1. Podrán participar en la CAMPAÑA únicamente las personas naturales mayores de 18 años, que cumplan con los siguientes requisitos:
2.1.1. Estar domiciliados o tener residencia permanente en la República del Ecuador o un estatus migratorio legítimo para permanecer en la República del Ecuador.
2.1.2.Ser titulares de una TARJETA emitida por Banco Atlántida.
2.1.3.Cumplir con todos los requisitos legales para tener la TARJETA activa en el BANCO.
Artículo 3.- DE LAS RESTRICCIONES DE LOS PARTICIPANTES.
3.1. No podrán participar en la CAMPAÑA las siguientes personas:
3.1.1. Las personas naturales menores de 18 años.
3.1.2. Las personas jurídicas.
3.1.3.Los proveedores del BANCO.2.1.3.Cumplir con todos los requisitos legales para tener la TARJETA activa en el BANCO.
3.1.4. Los colaboradores que formen parte de la nómina del BANCO, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.
Artículo 4.- MECÁNICA DE LA CAMPAÑA.
4.1. Para ingresar al sorteo los PARTICIPANTES deberán realizar consumos con la TARJETA. Para efectos de la CAMPAÑA, solo se considerarán los consumos superiores o equivalentes a USD$ 25,00 (veinticinco con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) con la TARJETA dentro de la vigencia de la CAMPAÑA, de acuerdo con los siguientes lineamientos:
4.1.1. Los consumos con la TARJETA podrán realizarse en establecimientos nacionales o internacionales, físicos o digitales.
4.1.2. Las TARJETAS cuyo estatus al momento de iniciar la CAMPAÑA y durante la vigencia de la CAMPAÑA sea inactiva, bloqueada, cancelada, anulada o se haya reportado su pérdida o robo, no serán elegibles; por lo tanto, sus tarjetahabientes no podrán participar.
4.1.3. No serán considerados consumos válidos y por lo tanto no contarán como consumos para ser partícipe de la CAMPAÑA, los siguientes casos:
• Pago de impuestos u otra clase de tributos.
• Pago de servicios públicos o privados.
• Pagos relacionados con productos financieros, costos operativos o de cobranza, incluyendo, pero sin limitarse a, intereses, comisiones, renovación de tarjetas u otros cargos similares.
• Compras anuladas o reversadas.
4.1.4. Todos los PARTICIPANTES que cumplan con los requisitos establecidos, participarán automáticamente en el sorteo para ganar el PREMIO; por el consumo a partir de USD$25,00 (Veinticinco dólares con 00/100 Dólares) se genera la única oportunidad de participación en el sorteo .
4.1.5. El sorteo se llevará a cabo el 16 de enero de 2026 a través de la plataforma que el BANCO decida; los resultados del sorteo deberán ser puestos a conocimiento del público hasta dentro de los siguientes cinco (5) días contados desde la fecha del sorteo.
Artículo 5.- DEL SORTEO Y PREMIOS.
5.1. Los premios del sorteo son:
• Primer y segundo ganador: Gift Card de USD$ 125
• Tercer y cuarto ganador: Gift Card de USD$ 75
• Quinto y sexto ganador: Gift Card de USD$ 50
5.2. Los ganadores de los PREMIOS serán seleccionados entre los PARTICIPANTES que hayan cumplido con todos los requisitos de la CAMPAÑA, mediante sorteo único que se realizará en la fecha indicada en estos TÉRMINOS Y CONDICIONES.
5.3. Cada ganador será acreedor únicamente a uno (1) de los premios antes detallados. Por lo tanto, un PARTICIPANTE que ya haya resultado ganador no podrá volver a ser favorecido en la CAMPAÑA.
5.4. El PREMIO no es transferible, ni canjeable por dinero en efectivo u otros bienes o servicios.
5.5. Los PREMIOS de la CAMPAÑA son personales, por lo tanto, queda prohibida su cesión o negociación con terceros.
5.6. Si no fuese posible contactar al ganador dentro de un plazo de siete (7) días calendario, contados a partir de la fecha de realización del sorteo, el PREMIO se anulará.
5.7. Una vez notificado, el ganador contará con un plazo máximo de siete (7) días para coordinar el retiro del PREMIO con el BANCO, lo cual incluye:
• Proporcionar los datos necesarios para la emisión del PREMIO.
• Proporcionar cualquier otra información que el BANCO considere necesario para su utilización.
La coordinación operativa y logística del PREMIO se realizará con el equipo de marketing del BANCO. En caso de que el ganador no retire el PREMIO dentro del plazo antes mencionado, el PARTICIPANTE será anulado como ganador.
5.8. Para la entrega de los PREMIOS se emitirá un acta que deberá ser suscrita por el ganador. Esta acta será constancia escrita de la entrega del premio por parte del BANCO.
5.9. Sin perjuicio de lo anterior, también se podrán realizar filmaciones o tomas fotográficas como constancia del cumplimiento de la entrega del premio.
Artículo 6.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA CAMPAÑA.
6.1. El BANCO se reserva el derecho de suspender o cancelar la CAMPAÑA, con efecto inmediato, de presentarse, durante la vigencia de la misma, una de las siguientes situaciones:
6.1.1. Cualquier irregularidad durante la ejecución de la CAMPAÑA que pueda atentar contra la integridad de alguno de los PARTICIPANTES, proveedores o el BANCO.
6.1.2. Actos o hechos que afecten de alguna forma los intereses del BANCO.
6.1.3. Actos o hechos que violen el principio de buena fe en el que se basa la CAMPAÑA y la intervención de los PARTICIPANTES o los proveedores.
6.1.4. Casos fortuitos y/o de fuerza mayor entendidos en los términos contenidos en el Código Civil ecuatoriano.
6.2. Quedará a criterio del BANCO determinar si alguna de las situaciones enlistadas en este artículo es de tal envergadura que pone en peligro la continuidad de la CAMPAÑA. Así también, será decisión exclusiva del BANCO determinar si la situación amerita la suspensión temporal o la cancelación definitiva de la CAMPAÑA. Los PARTICIPANTES reconocen y aceptan que el BANCO no será responsable por las consecuencias que se puedan derivar de la suspensión o cancelación de la CAMPAÑA, ya que parten del supuesto de que esta decisión ha sido tomada por el BANCO de buena fe y para el mejor interés de las partes.
6.3. El BANCO notificará a los PARTICIPANTES la suspensión o cancelación de la CAMPAÑA a través de los canales oficiales del BANCO o de cualquier otro canal o medio dispuesto por este último para comunicar esa decisión.
Artículo 7.- CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN.
7.1. Serán descalificados los PARTICIPANTES que, a solo juicio del BANCO, incurran en cualquiera de las siguientes conductas o actos:
7.1.1. Haya realizado cualquier tipo de maniobra, transacción u operación engañosa o fraudulenta para incrementar sus posibilidades de obtener alguno de los PREMIOS.
7.1.2. Haya suministrado al BANCO datos o información que sea falsa, incorrecta o esté incompleta.
7.1.3. Incumpla con alguna de las condiciones o características para ser PARTICIPANTE.
7.1.4. Haya violado o incumplido los TÉRMINOS Y CONDICIONES o cualquier otra instrucción del BANCO para su participación en la CAMPAÑA.
7.1.5. Haya realizado algún acto que afecte a un tercero o que provoque alguna demanda, reclamación o queja contra el BANCO.
7.2. El BANCO podrá interponer las acciones de las que se creyera asistido en contra de uno o más PARTICIPANTES que hayan incurrido en alguna de estas conductas o actos, a fin de obtener la reparación de los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado de manera directa o indirecta, incluido el daño emergente y el lucro cesante.
7.3. El BANCO no se hace responsable por cualquier daño o perjuicio derivados de la participación de la CAMPAÑA o el uso del premio que se entregue en virtud de esta. Se entiende que los PARTICIPANTES actúan por su propia cuenta y riesgo.
Artículo 8.- AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
8.1. El uso de los datos de los PARTICIPANTES en la CAMPAÑA por parte del BANCO, está legitimada por la autorización otorgada por estos durante su participación en la CAMPAÑA.
8.2. Con ese antecedente, se recuerda a los PARTICIPANTES que el responsable del tratamiento de datos es BANCO ATLÁNTIDA S.A., identificado con Registro Único de Contribuyentes número 0992701374001, con domicilio en Avenida Juan Tanca Marengo N15-19 y, Agustín Freire Mz.10, en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, República del Ecuador.
8.3. Los datos personales proporcionados por su titular o que sean recopilados, extraídos, generados, difundidos, transmitidos o gestionados de alguna forma por el BANCO dentro del marco de la CAMPAÑA, serán tratados de acuerdo con las autorizaciones previamente concedidas por los PARTICIPANTES según lo mencionado en el numeral precedente y en el Aviso de Tratamiento de Datos Personales que es puesto en conocimiento de los PARTICIPANTES junto con estos TÉRMINOS Y CONDICIONES.
8.4. El BANCO podrá extender las autorizaciones pertinentes a los ganadores para el uso de su imagen en la difusión comercial de la CAMPAÑA, pudiendo emplear grabaciones, filmaciones o fotografías de los PARTICIPANTES que resulten ganadores por cualquier medio de difusión, incluidos medios digitales y redes sociales, sin que dicho uso genere derecho a remuneración o compensación económica.
Artículo 9.- CONDICIONES GENERALES.
9.1. Se presume que las personas que participan en la CAMPAÑA conocen y aceptan en su integridad el contenido de estos TÉRMINOS Y CONDICIONES, careciendo por tanto de todo lo derecho para deducir reclamo, acción o demanda de cualquier naturaleza, en contra del BANCO, como consecuencia de la realización de la CAMPAÑA.
9.2. El BANCO podrá extender las autorizaciones pertinentes a los ganadores para el uso de su imagen en la difusión comercial de la CAMPAÑA, pudiendo emplear grabaciones, filmaciones o fotografías de los PARTICIPANTES que resulten ganadores por cualquier medio de difusión, incluidos medios digitales y redes sociales, sin que dicho uso genere derecho a remuneración o compensación económica.
9.3. El BANCO se reserva el derecho de verificar la identidad de los PARTICIPANTES que resulten ganadores del PREMIO.
9.4. En el evento de existir adulteración de la identidad de alguno de los PARTICIPANTES que resulten ganadores, el BANCO se reserva el derecho de declarar nulo el PREMIO del respectivo ganador.
9.5. La información concerniente a la CAMPAÑA ‘‘BLACK FRIDAY, CYBER MONDAY Y NAVIDAD’’ sus términos, condiciones y restricciones, estará al acceso de los usuarios a través del portal web: www.bancoatlantida.ec
Artículo 10.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
Todos los elementos utilizados en el desarrollo de la CAMPAÑA -incluidos logotipos, marcas, nombres comerciales, diseños gráficos, imágenes, videos, contenidos audiovisuales, material promocional y publicitario, así como cualquier otro signo distintivo o creación original- son propiedad de sus titulares o licenciatarios legítimos, esto es, del BANCO o de las empresas que sean titulares y que han autorizado el uso de tal propiedad intelectual al BANCO. Su uso está limitado exclusivamente para el desarrollo de la CAMPAÑA, sin que ello implique autorización para que los PARTICIPANTES puedan usarlos en forma alguna. El incumplimiento de esta obligación dará derecho a que el titular o licenciatario legítimo de tales signos distintivos, interponga las acciones legales de que se considere asistido contra los PARTICIPANTES responsables.
Artículo 11.- JURISDICCIÓN.
Toda relación jurídica que surja entre los PARTICIPANTES y el BANCO con ocasión de la CAMPAÑA será regida e interpretada de conformidad con las leyes vigentes de la República del Ecuador. En tal virtud, los PARTICIPANTES renuncian expresamente a cualquier otra legislación extranjera o fuero que pudiera corresponderles debido a su domicilio o nacionalidad. En caso de presentarse cualquier controversia, conflicto o reclamo derivado directa o indirectamente de estos TÉRMINOS Y CONDICIONES, los PARTICIPANTES aceptan someterse de manera expresa y definitiva a la jurisdicción de los jueces y tribunales competentes de la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador. Por lo tanto, los PARTICIPANTES renuncian a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro. Esta cláusula será válida incluso en los casos en los que el PARTICIPANTE resida fuera del territorio ecuatoriano o haya participado desde una ubicación distinta a la República del Ecuador.
Artículo 12.- ACEPTACIÓN.
Se entenderá que toda persona que participe en la presente CAMPAÑA, ha conocido y acepta íntegramente estas bases, careciendo de derecho a deducir reclamo o acción de cualquier naturaleza en contra del BANCO y sus relacionadas. El BANCO se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la CAMPAÑA, tales como falsificación, suplantación de identidad, adulteración de información, etc. Toda persona que participe en la presente CAMPAÑA reconoce haber tenido conocimiento del contenido del instrumento que contiene el texto aquí detallado, y haberlo adherido, suscrito y aceptado en todos sus términos y condiciones, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del BANCO. Así mismo, aceptan someterse a las decisiones del BANCO en cualquier asunto relacionado con el sorteo y entrega de PREMIOS. Por estar publicado el presente reglamento en www.bancoatlantida.ec/transparencia-informacion/noticias-informacion/campanas/black-friday/, las bases se entenderán íntegra y totalmente conocidas y aceptadas por todas las personas que se registren en la plataforma y participen en el sorteo, con el solo hecho de la participación.